Funcionamiento en paralelo de los transformadores paso a paso

Carta informativa nº 13

La regla empírica según la cual, en el funcionamiento en paralelo de los transformadores, la relación entre las potencias nominales no debe superar el valor 1 : 2 (de acuerdo con la norma DIN VDE 0532), sólo puede servir como guía aproximada, ya que los criterios reales de esta regla no son directamente visibles. Además, la relación admisible también depende del estado de la técnica, ya que en las últimas décadas se ha seguido considerando que el límite es de 1 : 3. En general, se presta demasiada atención a esta norma, a la que se adhiere cierta arbitrariedad.

Condiciones para un funcionamiento en paralelo seguro

Sólo se garantiza un funcionamiento en paralelo más seguro de los transformadores si su rendimiento, es decir, sus potencias nominales, puede aprovecharse plenamente y sin sobrecargar un transformador individual. Para ello, deben cumplirse dos condiciones

1) Igualdad de valor, frecuencia y ángulo de las tensiones porque con desigualdad en estos valores fluye una corriente transitoria en los devanados paralelos del transformador.

2) Igualdad de las impedancias de cortocircuito relativas de los transformadores (magnitud y ángulo), para que la proporción de la carga de red de cada transformador sea proporcional a su potencia nominal.

Por lo tanto, el primario de los transformadores debe estar a la misma tensión y las tensiones del secundario deben tener cada una el mismo valor y el mismo ángulo. Para las características de los transformadores esto significa:

  • las mismas características de los grupos de conmutación
  • las mismas relaciones de transferencia
  • las mismas impedancias relativas de cortocircuito

La potencia nominal

Para la regulación de la tensión con transformadores de funcionamiento en paralelo no hay más pretensiones.

La potencia nominal, la característica más importante del transformador, no tiene superficialmente ninguna importancia en relación con el funcionamiento en paralelo. Sin embargo, teniendo en cuenta consideraciones económicas, según las «leyes de crecimiento» de los transformadores, para una potencia nominal dada existe inevitablemente un determinado valor para la impedancia relativa de cortocircuito y la corriente relativa de magnetización. Así pues, en última instancia existe una relación entre la potencia nominal y los valores de las dos variables. Sin embargo, las relaciones cuantitativas cambian con el valor de la potencia nominal (véase la tabla).

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